El Alto Tribunal inadmite el recurso de la Diputación de Alicante contra el Real Decreto de revisión de los planes hidrológicos, confirma que la norma es conforme a Derecho y condena en costas a la institución recurrente.
La Asociación de Municipios Ribereños de los Embalses de Entrepeñas y Buendía celebra la nueva resolución del Tribunal Supremo que inadmite el recurso presentado por la Diputación de Alicante contra el Real Decreto de revisión de los planes hidrológicos y vuelve a dejar en evidencia la utilización de las instituciones públicas que están haciendo el PP y VOX en el Levante para sostener una ofensiva política y judicial a favor del trasvase Tajo-Segura.
La sentencia, fechada el 22 de abril, declara la inadmisión del recurso por falta de legitimación activa, confirma el Real Decreto impugnado por considerarlo conforme a Derecho y condena en costas a la Diputación de Alicante, con un máximo de 4.000 euros. Para los Ribereños, se trata de una nueva victoria jurídica y estratégica en defensa del Tajo, de sus caudales ecológicos y de los municipios de Entrepeñas y Buendía.
“Con esta, ya son cinco las resoluciones del Tribunal Supremo que desarman una tras otra la estrategia de presión política del Levante contra los planes de cuenca del río Tajo. Y la justicia vuelve a ser muy clara: el trasvase no es un derecho adquirido, no es intocable, sino un aprovechamiento que no puede pasar por encima de la salud del propio río Tajo”, ha señalado el presidente de los Municipios Ribereños, Borja Castro.
La Asociación denuncia que los gobiernos e instituciones del Levante gobernados por PP y VOX están empleando administraciones públicas, recursos jurídicos y dinero de todos como herramientas de presión contra la recuperación ambiental del Tajo. Esta estrategia no responde al interés general, sino a la defensa de un modelo agotado que pretende perpetuar el expolio de la cuenca cedente para sostener intereses económicos concretos vinculados al trasvase.
La resolución refuerza la prioridad del caudal ecológico como una exigencia normativa, tanto comunitaria como estatal, que debe operar como restricción previa a cualquier otro uso del agua, incluido el trasvase Tajo-Segura. Del mismo modo, ratifica que solo pueden trasvasarse aguas excedentarias y que las necesidades presentes y futuras de la cuenca del Tajo, incluidas las ambientales, deben estar garantizadas antes de cualquier derivación.
Para los Ribereños, esta nueva resolución consolida una línea jurisprudencial cada vez más sólida y deja sin recorrido la estrategia de judicialización impulsada desde el Levante contra la planificación hidrológica del Tajo. Tras cinco resoluciones en la misma línea, la Asociación considera que el debate ya no está en si deben implantarse caudales ecológicos, sino en cuándo adaptará el Gobierno las reglas de explotación del trasvase a la nueva realidad legal y ambiental.
“Esta nueva victoria protege a nuestros pueblos frente a los intereses económicos de unos pocos y deja vía libre al Ministerio para actuar sin dilación. Hay que cambiar ya las reglas de explotación del trasvase, no se puede esperar más. La ley y la ciencia están de parte del río Tajo”, ha añadido Castro.
El fallo desarticula el discurso de la ‘arbitrariedad’ técnica, consolida el caudal ecológico como un pilar innegociable de la planificación hidrológica moderna y despeja el camino hacia una transición real basada en recursos no convencionales como la desalación, la única salida sostenible para el Levante que no hipoteca la salud del Tajo. Los Municipios Ribereños reclaman así una política de agua basada en la legalidad, la sostenibilidad y el respeto a la cuenca cedente, “en defensa del patrimonio de todos los españoles: el río Tajo”
