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CEOE-Cepyme Cuenca informa de las subvenciones para la contratación en oficios en riesgo de desaparición

Por informaciones
29 mayo, 2025
en Economía
Tiempo de lectura: 3 minutos
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CEOE-Cepyme Cuenca informa de las subvenciones para la contratación en oficios en riesgo de desaparición
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La Confederación de Empresarios de Cuenca ha realizado una circular en la que señala las tres líneas de ayuda existentes que pone en marcha el Gobierno de Castilla-La Mancha.

 

CEOE-Cepyme Cuenca defiende la comunicación corporativa como una de las bases de la empresaLa Confederación de Empresarios de Cuenca informa a sus asociados la puesta en marcha de una serie de subvenciones para la realización de contratos dentro de oficios en riesgos de desaparición.

Se trata de la puesta en marcha de tres líneas de ayuda cuyo contenido se hace llegar a los asociados a los empresarios de CEOE CEPYME Cuenca a través de una circular informativa.

Estas líneas de ayudas las ha puesto en marcha la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a través de la Dirección General de Empleo para favorecer el relevo en actividades y oficios tradicionales.

La primera línea será para la formalización de contratos de formación para la obtención de la práctica profesional adecuada al niel de estudios en actividades y oficios tradicionales y su posterior transformación en indefinidos.

La segunda línea se dirigirá a ayudas a la contratación indefinida para la realización de acciones y oficios tradicionales, mientras que la tercera será para las ayudas para la transformación en contratos indefinidos de contratos formativos en actividades y oficios tradicionales, siendo subvencionables la realizadas desde el 1 de noviembre de 2024 al 31 de octubre de 2025.

Las solicitudes para contratos ya realizados deben presentarse desde el plazo máximo de un mes desde la entrega en vigor de este ayuda el 15 de mayo, siendo subvencionables los realizados desde el 1 de noviembre de 2024 al 14 de mayo de este ejercicio.

En cuanto a los contratos a realizar, las solicitudes de ayudas de contratos desde la entrada en vigor de este decreto el 15 de mayo deben presentarse en el plazo máximo de 10 días desde el inicio de la relación laboral.

Entre los requisitos para obtener estas ayudas está el de que el puesto de trabajo se genere en territorio de Castilla-La Mancha, y no se haya extinguido un contrato de trabajo por causas objetivas en los seis meses anteriores a la contratación.

Por otra parte, se excluye de las subvenciones a cónyuges, ascendientes, descendientes y demás parientes hasta segundo grado del empresario o los que se han con personas que ostenten cargos de dirección, o con personas que 13 meses antes hubieran tenido vinculación laboral con esta empresa o grupo de empresas.

Cuestiones específicas

 La primera línea se desarrolla en tres fases, una para la realización de un contrato formativo de un año, otra segunda para transformar este contrato en indefinido adecuado al nivel de estudios y una tercera en la que se subvencionarán los costes laborales al segundo año de mantenimiento del contrato indefinido.

En la primera fase la subvención es de 6.000 euros por contrato de un año y si es inferior se reducirá de manera proporcional, mientras que en las segunda y segunda fase la subvención es de 8.000e uros por cada uno de los dos primeros años de mantenimiento del mismo.

La segunda línea tiene una primera fase de formalización del contrato a tiempo completo y una segunda y tercera que subvencionará los costes laborales de forma parcial, del segundo y tercer año del contrato indefinido.

En este caso la subvención es por una cantidad de 8.000 euros por cada uno de los tres años de mantenimiento completo del contrato indefinido a jornada completa, que podría ascender a 10.000 si es para un oficio incluido en el anexo I, a excepción de si el beneficiario está en al Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

La tercera línea establece una primera fase de formalización de un contrato indefinido a tiempo completo en el que se subvencionarán parcialmente los costes laborales y una segunda y tercera en el que se limitará la subvención de costes laborales de manera parcial.

La cuantía será de 8.000 euros para cada una de las tres fases, aunque puede ascender a 10.000 si las actividades están en el anexo I y podrán crecer en 700 euros si se trata de mujeres víctimas de violencia de género, personas con discapacidad igual o superior al 33% y personas en situación de exclusión social.

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