La Confederación de Empresarios de Cuenca indica que esta línea incluye a los de formación en alternancia, los de formación para la obtención de la práctica profesional y a los de relevo.
CEOE CEPYME Cuenca remite a sus empresas las ayudas que ha establecido la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la transformación de contratos en indefinidos.
Esta línea de ayudas incluye la transformación de los contratos de formación en alternancia, los de formación para la obtención de la práctica profesional y los de relevo.
Como requisitos se establece que la transformación debe hacerse como fecha límite el día siguiente de la finalización del contrato a transformar y en todo caso antes de la duración máxima legal de este contrato.
Asimismo, se exige que se a tiempo completo y para la misma categoría profesional, teniendo que mantener el trabajo subvencionado por un mínimo de 36 meses y el número de contratos indefinidos en centros de trabajo de Castilla-La Mancha por 18 meses.
Además, es obligatorio que la contratación solicitada suponga un incremento neto del empleo fijo de la empresa en relación a la plantilla en los 90 días anteriores a la contratación, excluyendo las bajas voluntarias.
Del mismo modo se tiene que incluir en el contrato la cláusula de cofinanciación y publicitar en todas las medidas de información y comunicación el apoyo del Fondo Social Europeo y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
La solicitud puede presentarse hasta el 30 de octubre y los contratos deben ejecutarse en la misma empresa o grupo de empresa del 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2024.
Cantidad e incrementos
En cuanto a la cuantía de esta ayuda, será de 6.000 euros por contrato que puede ampliarse con una ayuda de 700 euros en el caso de que la persona contratada sea mujer víctimas de violencia de género, personas con discapacidad igual o superior al 33% o personas en situación de exclusión social, no siendo acumulables estas ayudas en un mismo contrato.
Asimismo se incrementará la ayuda en un 20% para solicitudes que se desarrollen en municipio de más de 2.000 habitantes definidos como zonas de intensa despoblación, un 30% para aquellos que se desarrollen en municipios de menos de 2.000 habitantes definidos como zona de intensa despoblación, y de más de 2.000 habitantes definidos como zonas de extrema despoblación y un 40% para solicitudes que se desarrollen en municipios de menos de 2.000 habitantes definidos como zonas de extrema despoblación. Por otro lado, la cuantía se incrementará en un 20% cuando la actividad subvencionada se realice en algún municipio declarado como zona prioritaria.